Opiniones hay en el sentido de que el acontecimiento de mayor importancia en la Nueva España, y demás colonias, al iniciarse el año de 1820 fue el pronunciamiento liberal de Rafael del Riego, lo que obligó a Fernando VII a jurar la Constitución de 1812. Sin embargo, se afirmaba que la Constitución venía en perjuicio de los grandes señores de la Colonia. ”Y entonces hubo que ver a los conservadores oponiéndose y pretendiendo a un Fernando VII rey absoluto; hubo que verlos conspirar a favor de la idea de un gobierno encabezado por el virrey Apodaca conforme a las leyes de Indias, por de pronto, mientras el Borbón estuviera forzado a reconocer la Constitución y pudiera recobrar su libertad y su absolutismo. Esto significaba la autonomía, acaso la independencia, que habían combatido tan empeñosamente”.
No falta quien afirme –dice don Antonio Magaña Esquivel– que el propio Fernando VII se dirigió al virrey Apodaca ordenándole establecer en Nueva España un reino independiente de España, sobre la base de que él viniera a ocupar el trono para librarse de la imposición constitucional que se le hacía en la península (Guerrero el héroe del sur, México, 1946). Esta versión –continúa el autor– explicaría que Apodaca no se diera por enterado (aparentemente) de las juntas secretas de la Profesa, que todo mundo conocía: militares, individuos del clero, hacendados, comerciantes y aun empleados civiles del virreinato, que concurrían cada vez más numerosos y menos discretos. Agustín de Iturbide, el realista más cruel y encarnizado, el que sacrificó a Mariano Matamoros en Puruarán; que había sido procesado por sus desmanes en el Bajío y estaba sin mando de fuerzas, asistía a las juntas. Había comenzado por unos ejercicios espirituales, hasta ganarse la confianza del doctor Matías Monteagudo, prepósito de la Profesa. De otro lado, tenía conferencias con el virrey en Palacio hasta lograr el nombramiento de comandante general del Sur, con residencia en Acapulco, en sustitución del aporreado José Gabriel de Armijo; no quería sino “cooperar a la gloria de que en breve tiempo se viese pacífico todo el reino”. Y el 16 de noviembre de 1820, con el mejor ejército que pudo reunirse y que jamás ningún realista tuvo, con abundantes recursos y el Plan de la Profesa en la bolsa, salió de México en busca del único hombre que representaba un peligro y encarnaba la idea de la Independencia: Vicente Guerrero.
La conspiración de la Profesa fue la base indirecta de la Independencia mexicana. El alma de dicha conspiración fue el canónigo Matías Monteagudo, director de la casa de ejercicios espirituales de San Felipe Neri. Otro personaje importante fue el doctor José Tirado, entonces ministro de la Inquisición. “El plan formado trataba de impedir la jura de la Constitución, declarando que el rey, al promulgarla, lo había hecho privado de libertad, y que mientras la recobraba, el gobierno del Virreinato estaría en manos del virrey Apodaca. El nombramiento de Iturbide como jefe de la comandancia del sur, en lugar de Armijo, fue el primer paso para la realización de sus propósitos”. (Diccionario Porrúa, historia, biografía y geografía de México, México, 1995).
“… El Plan de Iguala se proclamó solemnemente el día 24 de febrero de 1821 en el pueblo de Iguala, Guerrero, y por tal motivo lleva su nombre. Se compone en rigor, de dos documentos: una Proclama, seguida de 23 artículos, bases mismas de la Independencia, con un epílogo que es un llamado a los americanos, incitándoles a la concordia y a evitar la guerra civil. El segundo es el Plan propiamente dicho. Fue impreso en la ciudad de Puebla, en las prensas propiedad del presbítero don Joaquín Furlong, interviniendo en aquel trabajo el cajista don Mariano Monroy y el capitán Magán, enviado para tal objeto”.
PROCLAMA DE ITURBIDE (tomada de México á través de los siglos, tomo III, D. Julio Zárate, México, 1979, junto con el Epílogo).
“¡Americanos! Bajo cuyo nombre comprendo no sólo á los nacidos en América, sino á los europeos, africanos y asiáticos que en ella residen, tened la bondad de oírme. Las naciones que se llaman grandes en la extensión del globo, fueron dominadas por otras; y hasta que sus luces no les permitieron fijar su propia opinión, no se emanciparon. Las europeas que llegaron á la mayor ilustración y política fueron esclavas de la romana; y este imperio, el mayor que reconoce la historia, asemejó al padre de familia que en su ancianidad mira separarse de su casa á los hijos y á los nietos por estar ya en edad de formar otras, y fijarse por sí, conservándole todo el respeto, veneración y amor, como á su primitivo origen.
“Trescientos años hace que la América Septentrional está bajo la tutela de la nación más católica y piadosa, heroica y magnánima. La España la educó y engrandeció formando esas ciudades opulentas, esos pueblos hermosos, esas provincias y reinos dilatados que en la historia del universo van á ocupar un lugar muy distinguido. Aumentadas las poblaciones y las luces, conocidos todos los ramos de la natural opulencia del suelo, su riqueza metálica, las ventajas de su situación topográfica, los daños que origina la distancia del centro de su unidad, y que ya la rama es igual al tronco; la opinión pública y la general de todos los pueblos es la de la independencia absoluta de la España y de toda otra nación. Así piensa el europeo, así los americanos de todo origen.
“Esta misma voz que resonó en el pueblo de los Dolores el año de 1810, y que tantas desgracias originó al bello país de las delicias, por el desorden, el abandono y otra multitud de vicios, fijó también la opinión pública de que la unión general entre europeos y americanos, indios e indígenas es la única base sólida en que puede descansar nuestra común felicidad. ¿Y quién pondrá duda en que después de la experiencia horrorosa de tantos desastres, no haya uno siquiera que deje de prestarse á la unión para conseguir tanto bien? ¡Españoles europeos! Vuestra patria es la América, porque en ella vivís; en ella tenéis á vuestras amadas mujeres, á vuestros tiernos hijos, vuestras haciendas, comercios y bienes. ¡Americanos! ¿quién de vosotros puede decir que no desciende de español? Ved la cadena dulcísima que nos une: añadid los otros lazos de la amistad, la dependencia de intereses, la educación é idioma y la conformidad, y veréis son tan estrechos y tan poderosos, que la felicidad común del reino es necesario la hagan todos reunidos en una sola opinión y en una sola voz.
“Es llegado el momento en que manifestéis la uniformidad de sentimientos, y que nuestra unión sea la mano poderosa que emancipe á la América sin necesidad de auxilios extraños. A la frente de un ejército valiente y resuelto he proclamado la independencia de la América Septentrional. Es ya libre, es ya señora de sí misma, ya no conoce ni depende de la España ni de otra nación alguna. Saludadla todos como independiente y sean nuestros corazones bizarros los que sostengan esta dulce voz, unidos con las tropas que han resuelto morir antes que separarse de tan heroica empresa.
“No le anima otro deseo al ejército que el conservar pura la santa religión que profesamos y hacer la felicidad general. Oid, escuchad las bases en que funda su resolución”.
BASES (Tomadas de Cuadro Histórico de la Revolución Mexicana, Carlos Ma. de Bustamante).
» 1a. La religión católica, apostólica, romana, sin tolerancia de otra alguna.
» 2a. La absoluta independencia de este reino.
» 3a. Gobierno monárquico templado por una constitución análoga al país.
» 4a. Fernando VII, y en sus casos los de su dinastía o de otra reinante, serán los emperadores, para hallarnos con un monarca ya hecho, y precaver los atentados funestos de la ambición.
» 5a. Habrá una junta, ínterin se reunen córtes, que haga efectivo este plan.
» 6a. Esta se nombrará gubernativa, y se compondrá de los vocales ya propuestos al señor virey.
» 7a. Gobernará en virtud del juramento que tiene prestado al rey, ínterin éste se presenta en México y lo presta, y hasta entonces se suspenderán todas ulteriores órdenes.
» 8a. Si Fernando VII no se resolviere venir á México, la junta o la regencia mandará á nombre de la nación mientras se resuelve la testa que debe coronarse.
» 9a. Será sostenido este gobierno por el Ejército de las Tres Garantías.
«10a. Las córtes resolverán si ha de continuar esta junta, ó substituirse una regencia mientras llega el emperador.
«11a. Trabajarán, luego que se unan, la constitución del imperio mexicano.
«12a. Todos los habitantes de él, sin otra distinción que su mérito y virtudes, son ciudadanos idóneos para optar cualquier empleo.
«13a. Sus personas y propiedades serán respetadas y protegidas.
«14a. El clero secular y regular, conservado en todos sus fueros y propiedades.
«15a. Todos los ramos del estado y empleados públicos subsistirán como en el día, y sólo serán removidos los que se opongan a este plan, y substituidos por los que más se distingan en su adhesión, virtud y mérito.
«16a. Se formará un ejército protector que se denominará: de las Tres Garantías, y que se sacrificará del primero al último de sus individuos ántes que sufrir la más ligera infracción de ellas.
«17a. Este ejército observará á la letra la Ordenanza; y sus gefes y oficialidad continuará en el pié en que están, con la expectativa, no obstante, á los empleos vacantes, y á los que se estimen de necesidad ó conveniencia.
«18a. Las tropas de que se componga, se considerarán como de línea; y lo mismo las que abracen luego este plan: las que lo difieran y los paisanos que quieran alistarse, se mirarán como milicia nacional, y el arreglo y forma de todas, lo dictarán las córtes.
«19a. Los empleos se darán en virtud de informes de los respectivos gefes, y á nombre de la nación provisionalmente.
«20a. Ínterin se reúnen las córtes, se procederá en los delitos con total arreglo á la constitución española.
«21a. En el de conspiración contra la independencia, se procederá á prisión, sin pasar á otra cosa hasta que las córtes dicten la pena correspondiente al mayor de los delitos, despues del de lesa Majestad divina.
«22a. Se vigilará sobre los que intenten sembrar la división, y se reputarán como conspiradores contra la independencia.
«23a. Como las córtes que se han de formar son constituyentes, deben ser elegidos los diputados bajo este concepto. La junta determinará las reglas y el tiempo necesario para el efecto.
“Americanos: Hé aquí el establecimiento y la creación de un nuevo imperio. Hé aquí lo que ha jurado el ejército de las Tres Garantías, cuya voz lleva el que tiene el honor de dirigírosla. Hé aquí el objeto para cuya cooperación os invita. No os pide otra cosa que lo que vosotros mismos debéis pedir y apetecer: unión, fraternidad, orden, quietud interior, vigilancia y horror á cualquier movimiento turbulento. Estos guerreros no quieren otra cosa que la felicidad común. Uníos con su valor, para llevar adelante una empresa que por todos aspectos (si no es por la pequeña parte que en ella he tenido) debo llamar heroica. No teniendo enemigos que batir, confiemos en el Dios de los ejércitos, que lo es también de la paz, que cuantos componemos este cuerpo de fuerzas combinadas de europeos y americanos, de disidentes y realistas, seremos unos nuevos protectores, unos simples espectadores de la obra grande que hoy he trazado, y que retocarán y perfeccionarán los padres de la patria. Asombrad á las naciones de la culta Europa; vean que la América Septentrional se emancipó sin derramar una sola gota de sangre. En el transporte de nuestro júbilo decid: ¡Viva la religión santa que profesamos! ¡Viva la América Septentrional, independiente de todas las naciones del globo! ¡Viva la unión que hizo nuestra felicidad! – Iguala, 24 de febrero de 1821.- Agustín de Iturbide”.
PLAN DE IGUALA(“copia fiel del publicado por La Abeja Poblana, en dicha ciudad (Puebla), seis días después de haber sido promulgado, y tal y como fue conocido en su flamante texto por el público de la N. España. Se ha conservado, por lo tanto… la ortografía original”).
Se ha optado por la transcripción de este texto, en virtud de la nota que aparece al pie de la página 679 del tomo III de México a través de los siglos, que dice: “Hemos tomado este plan del Méxicano independiente número 2, publicado en Iguala el 17 de marzo de 1821…” (Es decir, 21 días después de haberse proclamado dicho Plan, de acuerdo con las fuentes bibliográficas consultadas).
“Plan o indicaciones para el gobierno que debe instalarse provisionalmente con el objeto de asegurar nuestra sagrada religión y establecer la independencia del imperio Megicano: y tendrá el título de Junta Gubernativa de la América Septentrional propuesto por el Sor. Coronel D. Agustín de Yturbide al Exmo. Sor. Virrey de N. E. Conde del Venadito.
» 1°. La Religión de la Nueva España es y será Católica Apostólica Romana, sin tolerancia de otra alguna.
» 2°. La Nueva España es independiente de la antigua y de toda otra potencia, aun de nuestro Continente.
» 3°. Su Gobierno será Monarquía moderada con arreglo a la Constitución peculiar y adaptable del Reyno.
» 4°. “ Será su Emperador el Sor. D. Fernando Séptimo, y no presentándose personalmente en Mégico dentro del término que las Cortes señalen, a prestar el juramento, serán llamados en su caso el Serenísimo Sor. Infante D. Carlos, el Sor. D. Francisco de Paula, el Archiduque Carlos u otro individuo de Casa Reynante que estime por conveniente el Congreso.
» 5°. Ínterin las Cortes se reunen habrá una junta que tendrá por objeto tal reunión, y hacer que se cumpla con el plan en toda su extensión.
» 6°. Dicha Junta que se denominará gubernativa debe componerse de los Vocales que habla la carta oficial del Exmo. Sor. Virey.
» 7°. Interín el Sor. D. Fernando Séptimo se presenta en Mégico y hace el juramento, gobernará la Junta a nombre de SM. en virtud del juramento de fidelidad que le tiene prestado la nación; sin embargo de que se suspenderán todas las órdenes que diere interín no haya prestado dicho juramento.
» 8°. Si el Sor. D. Fernando Séptimo no se dignare venir a Mégico, interín se resuelve el Emperador que deba coronarse, la Junta o la Regencia mandará en nombre de la Nación.
» 9°. Este gobierno será sostenido por el Ejército de las tres garantías de que se hablará después.
«10°. Las Cortes resolverán la continuación de la Junta, o si debe sustituirla una Regencia interín llega la persona que deba coronarse.
«11°. Las Cortes establecerán en seguida la Constitución del Imperio Megicano.
«12°. Todos los habitantes de la nueva España, sin distinción alguna de Europeos, Africanos, ni Indios, son Ciudadanos de esta Monarquía con opción a todo empleo, según su mérito y virtudes.
«13°. Las personas de todo Ciudadano y sus propiedades serán respetadas y protegidas por el Gobierno.
«14°. El Clero secular y regular será conservado en todos sus fueros y preeminencias.
«15°. La Junta cuidará de que todos los ramos del estado queden sin alteración alguna y todos los empleados políticos, eclesiásticos, civiles y militares en el estado mismo en que existen en el día. Sólo serán removidos los que manifiesten no entrar en el plan substituyendo en su lugar los que más se distingan en virtud y mérito.
«16°. Se formará un ejército protector que se denominará de las tres garantías por que bajo su protección toma; primera la conservación de la Religión Católica, Apostólica, Romana, cooperando de todos los modos que estén a su alcance para que no haya mezcla alguna de otra secta y se ataquen oportunamente los enemigos que puedan dañarla: lo segundo la independencia bajo el sistema manifestado: lo tercero la unión íntima de Americanos y Europeos, pues garantizando bases tan fundamentales de la felicidad de Nueva España antes de consentir la infracción de ellas, se sacrificará dando la vida del primero al último de sus individuos.
«17°. Las tropas del ejército observarán la más exacta disciplina a la letra de las ordenanzas, y los Jefes y oficialidad, continuarán bajo el pie en que están hoy: es decir, en sus respectivas clases con opción a los empleos vacantes y que vacaren por los que no quisieren seguir sus banderas o cualquiera otra causa y con opción a los que se consideren de necesidad o conveniencia.
«18°. Las tropas de dicho ejército se considerarán como de línea.
«19°. Lo mismo sucederá con las que sigan luego este plan. Las que no lo difieran, las del anterior sistema de la independencia que se unan inmediatamente a dicho ejército, y los paisanos que intenten alistarse se considerarán como tropas de milicia nacional, y la forma de todas para la seguridad interior y exterior del Reino la dictarán las Cortes.
«20°. Los empleos se concederán al verdadero mérito, a virtud de informes de los respectivos Jefes y en nombre de la Nación provisionalmente.
«21°. Interín las Cortes se establecen se procederá en los delitos con total arreglo a la Constitución Española.
«22°. En el de conspiración contra la independencia se procederá a prisión sin pasar a otra cosa hasta que las Cortes decidan la pena al mayor de los delitos después del de lesa Magestad Divina.
«23°. Se vigilará sobre los que intenten fomentar la desunión, y se reputan como conspiradores contra la independencia.
«24°. Como las Cortes que van a instalarse han de ser constituyentes, se hace necesario que reciban los Diputados los Poderes bastantes para el efecto, y como a mayor abundamiento es de mucha importancia que los electores sepan que sus representantes han de ser para el Congreso de Mégico, y no de Madrid, la Junta prescribirá las reglas justas para las elecciones y señalará el tiempo necesario para ellas y para la apertura del Congreso. Ya que no puedan verificarse las elecciones en mar. (marzo) se estrechará cuanto sea posible el término. Iguala 24 de Febrero de 1821- Es copia- Yturbide.”
Hemos señalado en cada texto la fuente bibliográfica de donde éste se obtuvo. La razón es que, como se señaló anteriormente, varios escritores han obtenido la información de diferentes fuentes. En dichos casos existen algunas diferencias en el manejo del lenguaje e incluso la forma de escribirlo. Creemos que a unos y otros hay que concederles la razón, pues son investigadores de reconocida trayectoria histórica. Como ejemplo de lo expuesto, a continuación se transcribe la Proclama que, de acuerdo con el Diccionario Porrúa, historia, biografía y geografía de México, sexta edición, México, 1995, apareció en el periódico La Abeja Poblana, primer periódico de la ciudad de Puebla, “que se publica…en uso de los derechos que ha declarado la Constitución… de 1820”.
“… pero el hecho más notable en la vida de ese periódico es el haber sido el primero en México en publicar el Plan de Iguala, que Iturbide había proclamado seis días antes. Su texto íntegro lo insertó Troncoso en el suplemento al núm. 14 del tomo I, fecha 2 de mar. De 1821. Y no sólo lo dio a conocer en las páginas de La Abeja, sino que hizo que se pegara el Plan en las esquinas de la ciudad. La alarma que ocasionó esta publicación fue enorme. Las autoridades mandaron desbaratar la planta del citado suplemento, recogieron todos cuantos pudieron haber en casas y calles, y Troncoso fue reducido a prisión en el Convento de Sto. Domingo de donde, protegido por el Obispo Pérez Martínez, salió para el curato de Molcajac…”
Es conveniente señalar, que al igual que el Plan que aparece en las páginas núm. 678 y 679 de la obra México a través de los siglos, tomo III, tiene algunas diferencias de estilo, pero no en lo esencial.
Proclama
“Americanos: no animando otro deseo al exército que conservar pura la santa religión que profesamos, y hacer la felicidad general. Oid, escuchar las bases sólidas sobre que se funda la resolución que ha tomado. Todas las naciones, que hoy se llaman grandes en el globo, fueron dominadas por otras; y hasta que sus luces no les permitieron fijar su opinión, no se emansiparon. Las de la Europa, que hoy han llegado a la mayor ylustración y política, fueron antes esclavas de los romanos; y este Imperio el mayor que conoce la historia, las vio separarse de su lado, a manera de aquel padre de familias que en su ancianidad mira a separarse de su casa a los hijos y nietos por estar ya en edad de formar familia separada y girar por si solos conspirando solo al respeto, veneración, y amor a su primitivo solar.
“Trescientos años hace que la América septentrional está bajo la tutela de la nación más católica y piadosa, heróica y magnánima. La España la engrandeció y la educó, construyendo estas opulentas ciudades, esos pueblos hermosos, esas provincias y reinos dilatados, que en la historia ban a ocupar un lugar muy distinguido. Aumentada la población y las luces: conocidos todos los ramos de la natural opulencia del pays, la riqueza metálica, los bentajas de su situación topográfica: los daños que originan la distancia del centro de su unidad, y que ya la rama es igual al tronco: la opinión pública, y general de todos los pueblos, es la Independencia absoluta de la España y de toda otra nación. Así piensa el americano, el europeo, el originario de Africa y de más castas.
“Esta misma voz que resonó en el pueblo de Dolores en el año de 1810, y causó tantas desgracias en el bello país de las delicias, por el desorden, el abandono, y otra multitud de vicios; fijó también al mismo tiempo la opinión pública de que la unión general de europeos y americanos, indios y castas, era la única base sólida en que puede descansar nuestra felicidad. ¿Y quién podrá dudar que después de la experiencia horrorosa de tantos desastres halla uno siquiera que deje de pensar en la unión para tanto bien y felicidad? Españoles europeos: vuestra patria es la América, por que en ella vibís, en ella tenéis vuestras amadas esposas, vuestros tiernos hijos, vuestro comercio, vuestros bienes y propiedades. Americanos: ¿Quién de vosotros puede decir que no desciende de español? Ved aquí la cadena dulcísima que nos une: añadid los otros lazos de la amistad, el interés mutuo, la educación, el idioma, la igualdad de sentimientos, y, sobre todo, la uniformidad de religión: y veréis que son tan estrechos y poderosos los lazos que nos unen, que es necesario que la felicidad común del reino la hagamos todos juntos, reunidos en una sola opinión y en una sola voz.
“Sí, europeos y americanos: es ya llegado el momento en que manifesteis la uniformidad de sentimientos y que vuestra unión sea la mano poderosa que emancipe a la América sin necesidad de auxilios extraños. Yo al frente de un exército decidido y valiente e proclamado la independencia absoluta de la América septentrional. Es ya libre: es ya señora de sí misma: ya no reconoce ni depende de la España, ni de otra nación alguna. Por tanto: Saludadla todos como independientes: y sean vuestros corazones vizarros, y vuestros robustos brazos los que sostengan esta dulce voz, unidos con las tropas que han resuelto morir antes que abandonar tan heróica empresa. Americanos: ved la moderación de los guerreros que mando; ellos no pretenden otra cosa que la felicidad común, llevando adelante con valor y entusiasmo una empresa tan heróica y brillante. En los transportes de este júbilo: Decid, exclamad: Viva la América septentrional, independiente de toda otra nación: viva la religión santa que profesamos: viva la unión que ha hecho nuestra felicidad: viva el exército vizarro que sostiene tan heróica empresa y tan justa causa. “Yguala Año de 1821 y I de nuestra libertad. YTURBIDE.
“Formé mi Plan conocido por el de Iguala; mío porque solo lo concebí, lo extendí, lo publiqué, y lo ejecuté: me propuse hacer independiente a mi patria, porque éste era el voto general de los americanos, voto fundado en un sentimiento natural y en los principios de la justicia; y voto que se consideró que era medio único de que prosperaran ambas naciones. Los españoles no han querido convencerse de que su decadencia empezó con la adquisición de aquellas colonias: los colonos sí lo estaban de que había llegado el tiempo de emanciparse.
“Un folletista ha dicho que es obra (el Plan) de una reunión de serviles que tenían sus juntas en la (Iglesia) Profesa, edificio de la congregación de S. Felipe en México; cualquiera que haya leído el plan se convencerá por solo su contexto (sic), que no pudo haber sido dictado por el servilismo: prescindo de las ideas de aquellos a quienes se atribuye; son cosas en que ordinariamente el vulgo se equivoca: para mí son personas muy respetables por sus virtudes y saber: este escrito llegará a sus manos, y yo me atrevería a llamarlo mío porque tengo bastante delicadeza para no exponerme a ser desmentido. Después de extendido el Plan que luego se llamó de Iguala, lo consulté con aquellas personas mejor reputadas de los diversos partidos, sin que de una sola dejase de merecer aprobación, ni recibió modificaciones, ni disimulaciones, ni aumentos”.
Con estas palabras Iturbide se refiere a lo que podría ser la verdadera autoría del Plan de Iguala. Sin embargo, Carlos María de Bustamante afirma: “En estos días Iturbide trabajó incesantemente por llevar a cabo el Plan llamado de Iguala, que si él mismo no trabajó en todas sus partes, a lo menos lo redactó y enmendó, como lo he visto y tenido en mis manos original tachado de su letra visto…” Por su parte, Lucas Alamán manifiesta al respecto: “… Iturbide… es nombrado por el Virrey para sustituir al coronel Armijo en la demarcación del sur… estableció su cuartel general en Teloloapan, punto el más central de la demarcación, y habiendo llegado a las cercanías de él, el regimiento de Celaya en los primeros días de Diciembre (de 1820), salió a encontrarlo: Los soldados recibieron con aplausos a su coronel y éste, después de saludar afectuosamente a los oficiales, se puso al frente de la 3ª. Compañía, cuyo capitán era D. Francisco Quintanilla… Llegado el regimiento a Teloloapan, Iturbide convidó a su mesa a la oficialidad, a la que dio un espléndido banquete, y concluido éste al retirarse los concurrentes, citó a Quintanilla por la tarde. En la conferencia que tuvieron, le manifestó Iturbide sin embozo el objeto con que había salido de Méjico y le dio de conocimiento su plan, Quintanilla no se atrevió a creer lo que oía, y abriendo una gaveta, le puso en las manos el plan que después fue proclamado en Iguala, y la correspondencia que llevaba con varias personas de Méjico, entre cuyas firmas vio Quintanilla con no menor sorpresa, las de sujetos de la mas alta categoría.
“El Plan proclamado por Iturbide, –dice Lucas Alamán– contenía tres artículos o ideas esenciales, que eran la observación de la religión católica, apostólica, romana…; la independencia bajo la forma de gobierno monárquico moderado, y la unión entre los americanos y europeos. Estas eran las tres garantías, de donde tomó el nombre el ejército que sostenía aquel plan, y a esto aluden los tres colores de la bandera que se adoptó y que ha venido a ser la bandera nacional, significándose por el blanco la pureza de la religión; por el encarnado la nación española, cuya cucarda es de aquel color, y cuyos individuos debían ser considerados como mexicanos, y el verde se aplicaba a la independencia. Las fajas de estos diversos colores, fueron al principio horizontales; después se pusieron perpendiculares, por Decreto del primer congreso, para que en la blanca del centro quedase mayor espacio para pintar el águila sobre el nopal, que con las modificaciones consiguientes a las variaciones de gobierno, han sido desde entonces las armas de la nación. Los demás artículos eran ampliaciones de éstos o prevenciones sobre el modo de cumplirlos, y estos tres puntos principales estaban perfectamente acomodados a las circunstancias en que el país se hallaba”.
(ETA)